El margen de error que tiene cada tipo de radar, ¿puedes recurrir? | Motor

Esto es lo que debes saber sobre la tolerancia que tiene cada radar y las posibilidades de que fallen al medir tu velocidad.

Hablar con frecuencia de radares es necesario ya que pase el tiempo que pase, su funcionamiento siempre está rodeado de polémicas y dudas. Sabemos que hay varios tipos de radares, que a menudo renuevan su formato -como es el caso de los drones o los ‘veloláser’-, pero nos cuesta entender sus límites y aplicaciones.

Un asunto muy comentado al respecto son los márgenes de error de los radares, que no están exento de incertidumbre. De hecho, echando un vistazo a internet, vemos cómo organismos como los servicios jurídicos de Automovilistas Europeos Asociados (AEA), no cesan en su empeño de reducir sanciones por no aplicar correctamente el margen en las multas. 

Pero, ¿cuáles son exactamente los márgenes de error de los radares? Todo depende del cinemómetro que registre nuestra velocidad, ya que hay diferencias entre ellos. 

Tipos de radares

En primer lugar tenemos a los radares fijos, que son aquellos que vemos ubicados en cabinas, suelen estar al margen de la carretera, aunque también se encuentran en pórticos o postes. Este tipo de radares debe estar siempre señalizado.

En segundo lugar, están los radares móviles o cinemómetros con operador, que están camuflados en coches de la Guardia Civil. Estos pueden funcionar tanto con el vehículo en movimiento como con él parado. 

El tercer tipo es el radar de tramo, que se encargan de medir la velocidad media que llevamos de un punto A a un punto B. Durante este tramo es obligatorio que la media no supere una velocidad previamente establecida. 

 

Por último, encontramos a Pegasus, el helicóptero de la DGT que sobrevuela las carreteras no solo funcionando como un radar, sino también vigilando otras conductas temerarias al volante y grabándolas si fuera necesario.

Margen de error de los diferentes tipos de radares

De acuerdo con la Orden Ministerial ITC/3123/ 2010, que regula el control metrológico de los instrumentos destinados a medir velocidad, ha de aplicarse un margen de error a las velocidades captadas por los cinemómetros.  

El índice máximo de error admisible varía en función de los radares, y son estos: 

  • Radares fijos: el margen de error es de 5 km/h -es decir, que si un radar nos sanciona hasta 100 kilómetros por hora, deberían descontarse 5 km/h a la velocidad captada- o 5% en mediciones superiores a 100 km/h. 
  • Radares móviles: 7 km/h o 7% en mediciones superiores a 100 km/h.
  • Radares de tramo y Pegasus: 10% 

Este artículo fue publicado en Top Gear por Rebeca Álvarez.

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