El Gobierno del presidente Martín Vizcarra decretó la noche de este viernes la prórroga hasta el 31 de julio de 2020 del Estado de Emergencia Nacional a fin de contener la propagación del nuevo coronavirus.
De acuerdo con el Decreto Supremo N° 116-2020-PCM, que entra en vigencia el 1 de julio, quedan restringidos el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y seguridad personales. También el de la inviolabilidad del domicilio y las libertades de reunión y tránsito en el territorio.
Cuarentena focalizada
El documento también precisa que se dispone la extensión del estado de emergencia, mas no de la cuarentena, que ahora pasará a ser focalizada para niños, niñas y adolescentes menores de 14 años.
Además, están incluídos en esta medida, los adultos mayores de 65 años y quienes presenten comorbilidades de acuerdo con lo dispuesto por la Autoridad Sanitaria Nacional.
En esa línea, el documento dispone el aislamiento social obligatorio (cuarentena) en los departamentos de Arequipa, Ica, Junín Huánuco, San Martín, Madre de Dios y Áncash, donde solo podrán salir los trabajadores esenciales.
Toque de queda
Respecto de la continuidad del toque de queda, el Decreto Supremo indica que esta medida se aplicará desde las 10 de la noche hasta las 4 de la mañana del día siguiente en las regiones donde terminó la cuarentena.
Por su parte, aquellas regiones que continúen con la inmovilización social obligatoria, deberán acatar el toque de queda desde las 8 de la noche hasta las 4 de la mañana del día siguiente.
El documento precisa que esta medida se aplica de lunes a domingo para ambos casos. Sin embargo, el día domingo queda anulada la inmovilización social obligatoria para las regiones donde ya no aplica con la cuarentena, es decir, solo cumplirán con el toque de queda nocturno.