Viajar en autocaravana, mola; pero no tanto volver a casa con una multa por no conocer la normativa y cometer una infracción,
La pandemia ha multiplicado por mucho el interés de las casas rodantes como medio de transporte y alojamiento para vacaciones. La experiencia es de lo más recomendable, pero es importante tener claro lo que dice la normativa para evitar volver a casa con una de las multas más caras que te pueden poner al volante de una autocaravana.
Por exceso de velocidad
Las autocaravanas tienen unas condiciones de circulación particulares, empezando por los límites de velocidad que deben respetar. Para saber cuál es la velocidad máxima permitida con una autocaravana hay que tener en cuenta el peso y el tipo de carretera. Cuando el vehículo no pesa más de 3.500 kg, se acoge a la norma de cualquier otro tipo de turismo; supone esto que, en autopista o autovía el límite se queda en los 120 km/h. La cosa cambia en carreteras convencionales, cuyo límite desciende hasta los 90 km/h.
En entornos urbanos o ciudades, hay que respetar los límites establecidos en las diferentes calzadas. Recuerda que desde el 11 de mayo hay nuevos límites de velocidad en ciudad.
No respetar los límites de velocidad con una autocaravana tiene la misma sanción que con un turismo:
Por aparcamiento indebido
Los lugares en los que las autocaravanas pueden o no pueden aparcar está definido por la ordenanza municipal. Esto significa que quizá en unos sitios puedas estacionar y en otro idéntico de otro municipio te multen por ello. La cuantía de las sanciones también depende de la norma impuesta por cada localidad.
Por pernoctar en lugares no permitidos
Se puede pasar la noche en la autocaravana si no existe un aviso de prohibición expreso y siempre y cuando no se saque ningún elemento fuera del vehículo. En caso de desplegar o sacar elementos exteriores como mesas, sillas o toldos, se considera acampada y eso sí puede ser motivo de sanción, al igual que por verter líquidos en el exterior o cocinar en la calle.
«La acampada en España está prácticamente está prohibida en todo el territorio a consecuencia de las diferentes normativas de Ayuntamientos y CCAA«, aseguran los abogados de CEA.
Por acampar en la costa y/o espacios protegidos
La Ley de Costas prohíbe aparcar tanto en playas como en sus zonas de influencia con una sanción de 40 euros por metro cuadrado de superficie ocupada.
Preservar los espacios naturales hace que el estacionamiento en estas zonas sea sancionado con multas elevadas por lo que es conveniente informarse previamente de los lugares que hay autorizados para campistas y donde se pueden dejar los residuos que generemos. Si queremos disfrutar de Parques Naturales podremos hacerlo, pero siempre teniendo en cuenta qué normas se aplican, pues en muchos casos la acampada estará prohibida.
Por superar la masa máxima autorizada
Ya que la autocaravana será nuestro lugar de alojamiento es fácil caer en la tentación de meter muchas cosas en su interior. No hay problema en hacerlo siempre y cuando no se supere la masa máxima autorizada (MMA) que aparece en la ficha técnica del vehículo. Sobrepasar la masa máxima autorizada en vehículos de menos de 12 toneladas puede conllevar multas de entre 301 y 4.000 euros según la Ley de Ordenación del Transporte Terrestre.
Este artículo fue publicado en Autobild por Noelia López.