Se ha ratificado en el Tribunal Supremo la sentencia de inhabilitación sobre las medidas la zona en la que había tránsito de vehículos restringido en la zona centro de Madrid, también conocida como Madrid Central.
El Supremo acaba de publicar el auto judicial en el que queda constancia del rechazo del recurso de casación contra la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que anuló el pasado verano «defectos formales» y a petición de la Comunidad de Madrid, todas las medidas de Madrid Central.
La ordenanza de movilidad sostenible que se aprobó en la sesión extraordinaria del 5 de octubre de 2018 en el Pleno del Ayuntamiento, omitía el trámite de información pública. Ese es un requisito, comentan los magistrados, que se considera esencial, preceptivo e indispensable.
Ello es debido a que se trata de una de las principales manifestaciones del derecho que los españoles tienen a participar en los asuntos públicos, y que está reconocido en el artículo 23 de la Carta Magna. Así, quedaban anulados los artículos de 21 a 25 de la citada ordenanza de Madrid Central.
Por tanto, una vez que las sentencias dictadas por el TSJM sean firmes, finales de junio de este año, todas las multas impuestas en aplicación de Madrid Central dejarán de ser efectivas al carecer de sustento normativo.
Según parece todas las medidas y multas se mantendrán hasta que sea firme la sentencia, tal y como comenta el Alcalde Almeida.
Será en ese momento cuando el Ayuntamiento tendrá que devolver el dinero a todos los conductores que han pagado multas derivadas de Madrid Central desde 2019.
También hay que hacer notar que a nivel de impacto medioambiental para cuando sea firme la sentencia, julio de 2021, el gobierno regional ya habrá puesto en funcionamiento su Ordenanza de Movilidad bautizada como Madrid 360.
Para cuando esta sentencia sea firme, en el mes de julio, el gobierno de José Luis Martínez Almeida y Begoña Villacís ya habrá puesto probablemente en marcha su nueva Ordenanza de Movilidad que ha bautizado con el nombre Madrid 360.