Cómo apuntarse al paro en 2021 y sellar la tarjeta del paro online en el SEPE | Life

Son tiempos difíciles para el mercado laboral, la saturación sanitaria no es la única consecuencia que está provocando la pandemia de COVID-19. El número de parados ha crecido en España un 1,8% en el mes de enero de 2021, es el cuarto mes desde octubre que este dato crece. 

Las previsiones son algo más halagüeñas con la llegada de las vacunas, lo que podría reactivar la economía en cierta medida cuando se alcance una buena inmunidad entre la población. No obstante, muchos trabajadores se encuentran ahora mismo en la tesitura de apuntarse al paro, un trámite que debería ser más sencillo de realizar desde casa a través de internet.

La prestación por desempleo es el derecho (no una obligación) que tienen los trabajadores a cobrar una prestación mientras están en situación de paro y encuentran otro trabajo. Dependiendo de la base de cotización y el tiempo que ha estado dado de alta en la Seguridad Social entre otros factores la cantidad de prestación y el tiempo que se puede recibir es distinta.


A medida que el trabajo a distancia se vuelve cada vez más común, la tecnología está permitiendo romper con la configuración tradicional del teletrabajo: una oficina en el hogar con un ordenador en el escritorio, un teléfono y una libreta al alcance de nuestra mano.

Si no te has apuntado nunca al paro o hace mucho tiempo desde la última vez, vamos a repasar punto por punto todo lo que necesitas saber para apuntarte de la forma más sencilla y rápida. 

Quién puede apuntarse al paro

Antes de explicaron cuál es el proceso que debéis seguir para apuntaros al paro si perdéis el trabajo, vamos a aclarar cuáles son las condiciones necesarias para que una persona sea apta para recibir esta prestación y cuánto podéis recibir. 

Para empezar es requisito imprescindible que hayáis trabajado y cotizado durante al menos 360 días, casi un año entero antes de daros de alta en el paro. Este periodo de trabajo no tiene porqué ser ininterrumpido, los 360 días se cuentas a lo largo de los últimos 6 años.

Una vez solicitado el paro, si no consumes la prestación hasta el plazo máximo que te corresponde y encuentras trabajo antes, esa parte que no has consumido te puede servir en el futuro. Imagina que te vuelves a quedar sin empleo antes de haber cotizado otros 360 días, puedes solicitar una reanudación y recuperar lo que no gastaste la vez anterior, pero no es posible empezar de cero.

El siguiente punto obligatorio indica que debes estar en una situación de desempleo. Esto quiere decir que te han despedido de tu actual trabajo, que han reducido tu jornada en más de un tercio de la duración inicial o que tu contrato ha finalizado. En caso de que hayas renunciado al trabajo o presentado la baja voluntaria no se te concede el derecho a cobrar el paro.

La solicitud para la prestación por desempleo debe presentarse en un máximo de 15 días posteriores a la finalización del contrato, por lo que es mejor hacer todos los tramites en la primera semana para no ir muy apurados con el plazo. También hay que tener en cuenta que durante todo el tiempo que se está cobrando el paro no se pueden incumplir ninguna de estas condiciones o se perderá el derecha a seguir recibiendo esa prestación. 

Por último pero no menos importante, para que te puedas apuntar al paro, debes darte de alta como demandante de empleo. Hagamos un inciso para explicar este paso:

Darte de alta como demandante de empleo

La tarjeta de demandante de empleo se gestiona a través de los servicios de empleo de las diferentes comunidades autónomas. Solo los residentes de Ceuta y Melilla pueden darse de alta en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) donde vamos a presentar la solicitud de prestación por desempleo.

Documentación:

  • DNI (Documento Nacional de Identidad) o en su lugar el permiso de residencia para las personas extranjeras.
  • Número de la Seguridad Social
  • Justificantes de la titulación profesional o académica que se tengan.

El tramite, al igual que el resto, se puede realizar de forma presencial, mediante una cita previa en la oficina de empleo más cercana, o por vía online. A través de este enlace, se indica que la CCAA en la que se reside y el proceso depende de cada autonomía. Por lo general se debe entregar el DNI, crear una cuenta de usuario y contraseña o podemos utilizar la [email protected].

Una vez superado el tramite de identificación se nos solicita que rellenemos un documento donde básicamente tenemos que dar información sobre nuestra experiencia académica y laboral, y explicar la situación profesional que tenemos en ese momento, para que esto nos facilite la búsqueda de empleo. El documento resultante nos servirá para recibir la ayuda del paro.  

Este servicio sirve para buscar activamente un nuevo empleo, por lo que debemos tener en cuenta que si se rechaza alguna oferta a través de este canal podemos perder la prestación que estamos recibiendo.

¿Los autónomos tienen derecho al paro?

Técnicamente los autónomos no tienen derecho al paro, lo que se conoce como prestación por desempleo o cese de actividad, esto está restringido a los trabajadores por cuenta ajena que pierden su trabajo. Aún así, existe la alternativa de la prestación por cese de actividad. Los requisitos son distintos:

  • Debes estar afiliado y dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
  • Haber cotizado como mínimo 12 meses como autónomo.
  • Debes estar al día en el pago de la cuota de autónomo.
  • Conservar tu licencia para ejercer, que te podrían retirar por alguna infracción penal.
  • Tener menos de 65 años, por si no lo sabes, es la edad en la que pasas a tener derecho a la pensión de jubilación. 

Además de estos detalles, debes demostrar que el cese de la actividad ha sido por motivos involuntarios. La solicitud se realiza de nuevo en el SEPE) el motivo por ese cese de actividad está
cubierto por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). En caso contrario, debes acudir a mutua colaboradora con la Seguridad Social con la tienes cubierto la contingencia por cese de actividad.


Aprender idiomas va mucho más allá de comunicarse. Las lenguas son llaves que nos abren las puertas del mundo de los negocios, el empleo, o la cultura. Según el Foro Económico Mundial, existen 5 idiomas que te ayudarán a encontrar trabajo.

Cuánto paro me corresponde

El paro hay que sellarlo cada tres meses en la oficina de empleo y se cobra entre los días 10 y 15 de cada mes. Pero lo más importante es saber cuánto dinero vas a recibir con la prestación de desempleo, cuanto paro te corresponde. 

Son varios parámetros los que hay que tener en cuenta cuando se quiere calcular el paro que le corresponde a una persona y el tiempo que va a tener disponible esa ayuda. Sin embargo, el SEPE cuenta con una calculadora virtual con la que conocer una cantidad aproximada. Esta herramienta es un formulario donde los cotizantes pueden rellenar un formulario con sus datos para que el simulador realice los cálculos. 

Puedes comprobar en esta galería de imágenes todos los pasos que incluye la calculadora del SEPE. Se puede usar todas las veces que sea necesario y no requiere ningún dato personal con el que se nos pueda identificar. Es únicamente un simulador para conocer un resultado estimado antes de realizar la solicitud del paro formal.

Cómo apuntarse: de forma presencial y por internet

Ahora que ya tienes claros los principales aspectos de los que depende la prestación por desempleo, ya podemos pasar a la cita presencial o por internet. A través de la web del SEPE es mucho más rápido y sencillo, más aún en plena pandemia cuando las oficinas tiene un número muy limitado de citas por hora.

Si vas a optar de todas formas por la cita presencial, necesitas solicitar cita previa. Antes no era necesario, pero con los actuales protocolos por la pandemia, es lo más razonable para que no se acumule mucha gente en la entrada. En este enlace puedes tramitar la solicitud, e incluso anular la cita, si has conseguido tramitarlo por internet sin problemas.

Recuerda que en las oficinas debes presentar estos documentos:

  • DNI o Número de Identidad del Extranjero (NIE), pasaporte y permisos de residencia y trabajo.
  • Cartilla de la Seguridad Social
  • Documentación que acredite el cese de la actividad laboral
  • Justificante de los ingresos, etc.
  • Documento que acredita que estás dato de alta como demandante de empleo

Aquí puedes ver toda la documentación adaptada a cada caso y buscar el que se adapte a tu situación. Después deberás sellar esa tarjeta cada 3 meses, proceso que también se puede realizar por internet. De nuevo, este proceso es importante hacerlo con tiempo, no esperar al último minuto, una semana antes o cinco días sería lo ideal.

Apuntarse al paro por internet

Como te podrás imaginar, este tipo de trámites online requieren que te identifiques para que nadie pueda cobrar el paro por ti y suplantar tu identidad. Para darte de alta en el paro a través de la web del SEPE, te pedirán un nombre de usuario y una clave o un certificado que garantice tu identidad. Esa clave es permanente y se obtiene a través del registro previo en [email protected] PIN. También puedes optar por usar el DNI electrónico.

De igual manera, este tipo de trámites deben ir acompañados de nuestra firma. El certificado digital ya sirve como firma, aunque si hemos accedido a través de la clave y el usuario será necesario contar con una firma certificada en la nube. En este caso, dentro de la web te redirigen a la sección de emisión de certificados. De nuevo debes indicar la [email protected] y te envían un SMS al móvil con un código de confirmación.

Tanto apuntarse al paro como sellarlo a los pocos meses y renovar (o anular) la prestación es un proceso muy sencillo por internet. La web del SEPE da todo tipo de información que te recomendamos leas antes de realizar el trámite, para mayor seguridad.

Por ejemplo, puedes consultar esta guía de uso creada por el SEPE para comprobar toda la información que te pueden solicitar como el tipo de prestación que solicitas, si es inicial o se trata de una reanudación. Sigue todas las instrucciones y no deberías tener ningún problema. Ante cualquier duda, estos son los teléfonos de atención al ciudadano de cada Comunidad Autónoma.

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